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Convenio autonómico

Convenio de atención especializada a la infancia, la familia y la juventud de la Comunitat Valenciana

Ámbito
Comunitat Valenciana
Código REGCON
80000545012003
Estado
Vigente
Revisado por Gestiones Laborales

Vigencia

Duración pactada: 01/01/2024 - 31/12/2028.

Según su art. 5, se prorroga de año en año si no se denuncia. Si se denuncia, mantiene su vigencia en todos sus aspectos hasta la firma del siguiente convenio, salvo las condiciones retributivas, que se negocian cada año. No consta denuncia en REGCON.

Últimas tablas salariales

Ejercicio
2026

La tabla de 2026 es la del convenio en la redacción de la modificación publicada el 13/11/2025, que sustituye las tablas del texto inicial. El complemento específico de las tablas no se paga todavía en todos los casos: se aplica según su inclusión en los pliegos de cada contrato público iniciado después de la firma, o cuando la administración amplía la financiación de un contrato vigente; en todo caso, se aplica con carácter general desde el 01/07/2028 (art. 70).

Ámbito de aplicación

Comunitat Valenciana; entidades, empresas, centros, programas y servicios que aplican la normativa de protección jurídica del menor (LO 1/1996), de responsabilidad penal de los menores (LO 5/2000) y de protección de la infancia y la adolescencia frente a la violencia (LO 8/2021), sea cual sea la naturaleza de la entidad titular (art. 1).

Denominación oficial: IV Convenio colectivo sectorial para empresas de atención especializada en el ámbito de la familia, la infancia y la juventud en la Comunitat Valenciana

Última publicación oficial

Documentos oficiales en vigor

  • Texto del convenio 2024-2028 (se abre en una pestaña nueva)RESOLUCIÓN de 23 de diciembre de 2024, de la Dirección General de Trabajo, Cooperativismo y Seguridad Laboral, por la que se disponen el registro y la publicación del texto del IV Convenio colectivo sectorial para empresas de atención especializada en el ámbito de la familia, la infancia y la juventud en la Comunitat Valenciana. · n.º 10037 · DOGV-C-2025-341
  • Corrección de errores del texto (se abre en una pestaña nueva)RESOLUCIÓN de 23 de mayo de 2025, de la Dirección General de Trabajo, Cooperativismo y Seguridad Laboral, por la que se disponen el registro y la publicación de la modificación del IV Convenio colectivo sectorial para empresas de atención especializada en el ámbito de la familia, la infancia y la juventud en la Comunitat Valenciana. · n.º 10211 · DOGV-C-2025-40362
  • Modificación de la clasificación profesional y de las tablas 2024-2028 (se abre en una pestaña nueva)RESOLUCIÓN de 23 de mayo de 2025, de la Dirección General de Trabajo, Cooperativismo y Seguridad Laboral, por la que se disponen el registro y la publicación de la modificación del IV Convenio colectivo sectorial para empresas de atención especializada en el ámbito de la familia, la infancia y la juventud en la Comunitat Valenciana. · n.º 10237 · DOGV-C-2025-44153

Notas importantes

  • Articulación con los convenios estatales: el V Convenio colectivo estatal de reforma juvenil y protección de menores y el III Convenio colectivo estatal de acción e intervención social reconocen expresamente este convenio autonómico (disposición adicional primera de ambos). El de reforma juvenil da prioridad a los autonómicos en lo que regulan, siempre que superen sus condiciones mínimas, y se reserva el periodo de prueba, las modalidades de contratación, la clasificación profesional, la jornada máxima anual, el régimen disciplinario, las normas mínimas de prevención de riesgos laborales y la movilidad geográfica (art. 2.a). Además, es el derecho supletorio para lo que este convenio no regula (art. 7).
  • Clasificación profesional: la modificación publicada el 13/11/2025 cambia la clasificación profesional de este convenio (art. 14), una materia que el estatal de reforma juvenil reserva a su ámbito. Si tienes que encuadrar un puesto, consulta los dos textos.
  • Exclusiones: no se aplica al personal docente y de administración y servicios adscrito a un centro educativo de la entidad a la entrada en vigor del convenio, ni al personal público, al voluntariado o a los profesionales con relación de arrendamiento de servicios, entre otros (art. 3).

Convenios relacionados

Historial de publicaciones

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  1. Modificación de la clasificación profesional y de las tablas 2024-2028 (se abre en una pestaña nueva)RESOLUCIÓN de 23 de mayo de 2025, de la Dirección General de Trabajo, Cooperativismo y Seguridad Laboral, por la que se disponen el registro y la publicación de la modificación del IV Convenio colectivo sectorial para empresas de atención especializada en el ámbito de la familia, la infancia y la juventud en la Comunitat Valenciana. · n.º 10237 · DOGV-C-2025-44153
  2. Corrección de errores del texto (se abre en una pestaña nueva)RESOLUCIÓN de 23 de mayo de 2025, de la Dirección General de Trabajo, Cooperativismo y Seguridad Laboral, por la que se disponen el registro y la publicación de la modificación del IV Convenio colectivo sectorial para empresas de atención especializada en el ámbito de la familia, la infancia y la juventud en la Comunitat Valenciana. · n.º 10211 · DOGV-C-2025-40362
  3. Acuerdo de comisión paritaria (se abre en una pestaña nueva)RESOLUCIÓN de 14 de marzo de 2025, de la Dirección General de Trabajo, Cooperativismo y Seguridad Laboral, por la que se disponen el registro y la publicación del texto del acuerdo de la Comisión paritaria del IV Convenio colectivo para empresas de atención especializada en el ámbito de la infancia, la familia y la juventud en la Comunitat Valenciana, de 21 de febrero de 2025. · n.º 10083 · DOGV-C-2025-7721
  4. Texto del convenio 2024-2028 (se abre en una pestaña nueva)RESOLUCIÓN de 23 de diciembre de 2024, de la Dirección General de Trabajo, Cooperativismo y Seguridad Laboral, por la que se disponen el registro y la publicación del texto del IV Convenio colectivo sectorial para empresas de atención especializada en el ámbito de la familia, la infancia y la juventud en la Comunitat Valenciana. · n.º 10037 · DOGV-C-2025-341

Revisión

Revisado por Gestiones Laborales:

Comprobamos el código REGCON, el boletín oficial y el texto de cada publicación. Esta ficha es informativa: manda siempre el texto oficial completo y sus acuerdos posteriores.

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