Saltar al contenido
Convenio estatal

Convenio estatal de grandes almacenes

Ámbito
Ámbito estatal
Código REGCON
99002405011982
Estado
Vigente
Revisado por Gestiones Laborales

Vigencia

Duración pactada: 01/01/2023 - 31/12/2026.

Vence el 31/12/2026. Según su art. 3.1, si la negociación de uno nuevo termina sin acuerdo, se mantiene su vigencia.

Últimas tablas salariales

Ejercicio
2026
Incremento
2 %

Las tablas de 2026 aplican el incremento fijo del 2 % (grupos base, profesional, coordinador y técnicos). El acta de 04/05/2026 descarta el incremento variable por ventas y aplica una garantía del 1 % no consolidable calculada sobre las tablas de 2025: no cambia las tablas de 2026.

Ámbito de aplicación

Ámbito estatal; empresas que venían rigiéndose por el convenio de grandes almacenes (art. 1): las empresas de la Asociación Nacional de Grandes Empresas de Distribución (ANGED) sin convenio propio concurrente; las empresas de su grupo que lo vengan aplicando o se sometan a él expresamente; sus franquiciadas, sin importar la superficie; y las empresas de comercio mixto al por menor organizadas por departamentos que reúnan, como empresa o grupo, al menos 30.000 m² de superficie de venta en España, como grandes almacenes, hipermercados o grandes superficies especializadas.

Denominación oficial: Convenio colectivo del sector de grandes almacenes

Última publicación oficial

Acuerdo de comisión paritaria · · BOE (se abre en una pestaña nueva)

Documentos oficiales en vigor

Notas importantes

  • No es el convenio de todo el comercio minorista: depende de la empresa (asociación, grupo, franquicia o superficie). Las grandes superficies especializadas lo aplican salvo que ya apliquen otro convenio concurrente, y siempre que se acuerde con la representación de la plantilla. No se aplica a las empresas de supermercados, salvo remisión expresa (art. 1).

Convenios relacionados

  • No confundir con: Supermercados, autoservicios y detallistas de alimentación en general (REGCON 03000655011981). Convenio provincial de Alicante de supermercados y alimentación. El de grandes almacenes no se aplica a las empresas de supermercados, salvo remisión expresa (art. 1).

Historial de publicaciones

Ver todas las publicaciones
  1. Incremento variable 2026: garantía del 1 % no consolidable (se abre en una pestaña nueva)Resolución de 21 de mayo de 2026, de la Dirección General de Trabajo, por la que se registra y publica el Acuerdo de la Comisión Mixta sobre revisión del incremento salarial para el año 2026 del Convenio colectivo de grandes almacenes. · n.º 136 · BOE-A-2026-12012
  2. Tablas salariales 2026 (se abre en una pestaña nueva)Resolución de 15 de enero de 2026, de la Dirección General de Trabajo, por la que se registra y publica el Acta en la que se acuerda el incremento salarial fijo para el año 2026, de la Comisión Mixta del Convenio colectivo de grandes almacenes. · n.º 38 · BOE-A-2026-3276
  3. Texto del convenio 2023-2026 (se abre en una pestaña nueva)Resolución de 30 de mayo de 2023, de la Dirección General de Trabajo, por la que se registra y publica el Convenio colectivo del sector de grandes almacenes. · n.º 137 · BOE-A-2023-13740

Revisión

Revisado por Gestiones Laborales:

Comprobamos el código REGCON, el boletín oficial y el texto de cada publicación. Esta ficha es informativa: manda siempre el texto oficial completo y sus acuerdos posteriores.

Ver todos los convenios →

¿Necesitas aplicar este convenio en tu empresa?