Convenio estatal de mediación de seguros privados
- Ámbito
- Ámbito estatal
- Código REGCON
- 99000165011987
- Estado
- Vigente
- Revisado por Gestiones Laborales
Vigencia
Duración pactada: 01/01/2023 - 31/12/2026.
Vence el 31/12/2026. Se prorroga de año en año si no se denuncia, y la denuncia se presenta entre el 1 y el 31 de diciembre del año de vencimiento (art. 3.3). Denunciado, mantiene su vigencia durante la negociación y, pasado un año sin acuerdo, las partes acuden a la mediación del ASAC (Acuerdo sobre Solución Autónoma de Conflictos Laborales); en defecto de pacto, sigue vigente (art. 3.4).
Últimas tablas salariales
- Ejercicio
- 2026
- Publicación
- Texto del convenio 2023-2026 (tablas 2023-2026) · 15/11/2023 (se abre en una pestaña nueva)
Los anexos I a IV traen las condiciones económicas de 2023, 2024, 2025 y 2026: tabla salarial por nivel retributivo (cómputo anual en 14 pagas), complemento por experiencia, otros conceptos económicos y una tabla de incremento salarial variable por año. Las de 2026 están en el anexo IV.
Ámbito de aplicación
Ámbito estatal; relaciones laborales de las empresas de mediación de seguros privados, cualquiera que sea su denominación (art. 1.1). El convenio se llamaba antes «agentes y corredores de seguros».
Denominación oficial: Convenio colectivo de empresas de mediación de seguros privados
Última publicación oficial
Corrección de errores · · BOE (se abre en una pestaña nueva)
Documentos oficiales en vigor
- Texto del convenio 2023-2026 (tablas 2023-2026) (se abre en una pestaña nueva)Resolución de 3 de noviembre de 2023, de la Dirección General de Trabajo, por la que se registra y publica el Convenio colectivo de empresas de mediación de seguros privados. · n.º 273 · BOE-A-2023-23188
- Corrección de errores (se abre en una pestaña nueva)Resolución de 3 de junio de 2024, de la Dirección General de Trabajo, por la que se corrigen errores en la de 3 de noviembre de 2023, por la que se registra y publica el Convenio colectivo de empresas de mediación de seguros privados. · n.º 139 · BOE-A-2024-11658Corrige errores de remisiones entre artículos y de rótulos de los anexos (por ejemplo, la tabla de incremento salarial variable remite al art. 48). No cambia el ámbito, la vigencia ni los importes de las tablas.
Notas importantes
- Exclusiones (art. 1.3): el personal de alta dirección, los colaboradores externos de los mediadores de seguros y los cobradores exclusivamente a comisión (relación mercantil o civil), la mediación que las personas empleadas realicen como colaboradoras externas fuera de su jornada y las personas con beca.
- No toda empresa relacionada con los seguros entra en este convenio: solo las empresas de mediación de seguros privados. Las compañías aseguradoras tienen su propio convenio estatal: el de entidades de seguros, reaseguros y mutuas colaboradoras con la Seguridad Social excluye expresamente a los mediadores de seguros privados y a sus colaboradores externos (art. 1).
- El art. 1 no enumera tipos de mediador: se aplica a las empresas de mediación «cualquiera que sea su denominación». Para encuadrar una empresa concreta hay que partir de ese literal y del texto oficial.
Convenios relacionados
- No confundir con: Convenio colectivo para el sector de entidades de seguros, reaseguros y mutuas colaboradoras con la Seguridad Social (se abre en una pestaña nueva) (REGCON 99004625011981). Convenio estatal de las entidades aseguradoras y reaseguradoras, los corredores de reaseguros y las mutuas colaboradoras con la Seguridad Social (art. 1). Excluye expresamente a los mediadores de seguros privados y a sus colaboradores externos.
- No confundir con: Convenio colectivo provincial de oficinas y despachos de Alicante (se abre en una pestaña nueva) (REGCON 03001005011983). Convenio provincial de oficinas y despachos de Alicante: su art. 2 enumera las actividades que cubre y no nombra la mediación de seguros ni a los mediadores de seguros.
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- Corrección de errores (se abre en una pestaña nueva)Resolución de 3 de junio de 2024, de la Dirección General de Trabajo, por la que se corrigen errores en la de 3 de noviembre de 2023, por la que se registra y publica el Convenio colectivo de empresas de mediación de seguros privados. · n.º 139 · BOE-A-2024-11658Corrige errores de remisiones entre artículos y de rótulos de los anexos (por ejemplo, la tabla de incremento salarial variable remite al art. 48). No cambia el ámbito, la vigencia ni los importes de las tablas.
- Texto del convenio 2023-2026 (tablas 2023-2026) (se abre en una pestaña nueva)Resolución de 3 de noviembre de 2023, de la Dirección General de Trabajo, por la que se registra y publica el Convenio colectivo de empresas de mediación de seguros privados. · n.º 273 · BOE-A-2023-23188
Revisión
Revisado por Gestiones Laborales:
Comprobamos el código REGCON, el boletín oficial y el texto de cada publicación. Esta ficha es informativa: manda siempre el texto oficial completo y sus acuerdos posteriores.